Existe la posibilidad de recurrir las multas y sanciones impuestas incumplimiento las medidas impuestas durante el Estado de Alarma o también conocidas como multas por incumplimiento del confinamiento.
La estrategia a seguir deberá cambiar si se trata de una multa o sanción administrativa o si se trata de una sanción penal. Esta defensa se sustentará en alegaciones, un recurso administrativo, contencioso o mediante la defensa del proceso penal.
A la hora de recurrir una sanción o multa debido a incumplimiento de las medidas de confinamiento impuestas en el estado de alarma deberemos analizar la naturaleza de la infracción, así como las circunstancias que la hayan producido, la existencia o no de repetición o reincidencia de la conducta, la actitud del sancionado o sancionada respecto a los agentes y el peligro de contagio de la pandemia que suponían los hechos sancionados.
Las multas pueden ir de los 300 euros hasta los 600.000 euros en los casos más graves. En casos de reincidencia y de mayor gravedad pueden incluso acarrear penas de prisión.
Las multas o sanciones impuestas debido al Real Decreto del Estado de Alarma son de naturaleza legal incierta, siendo altamente probable que la multa no tenga efecto práctico y que, por tanto, se pueda recurrir y se estime el recurso.
Un punto inicial sobre el que trabajar es el de los plazos: la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020 indica que se suspenden plazos y términos hasta que no se levantara el Estado de Alarma, con lo que hasta que no se levantó este, no empezaron a correr los 20 días para tramitar el pago voluntario de la sanción con una reducción del 50% sobre el importe de la misma. Esto mismo se aplica a los plazos disponibles para interponer recurso sobre la sanción, ya que este plazo no deberá empezar a contar hasta que no se levantara el Estado de Alarma.
Las multas y sanciones que se han aplicado durante el Estado de Alarma se aplican en base a la Ley de Seguridad Ciudadana, con lo que si conseguimos demostrar que hemos cumplido con lo que se indica en dicha ley podremos librarnos de la multa..
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