AAGD ABOGADOS, BUFETE FUNDADO EN 2003
Recientemente, los arrendamientos de temporada han ido ganando peso fruto de la aprobación de la nueva ley de vivienda, en que se fija un tope del 3% al incremento de los precios del alquiler. Esta limitación no se aplica a los arrendamientos de temporada, ya que se considera un alquiler del inmueble para uso distinto de vivienda, por lo que muchos propietarios están valorando pasar el arrendamiento de vivienda habitual a un alquiler de vivienda de temporada, que quedaría fuera de este límite del 3%.
Los arrendamientos de temporada son aquellos en que el inmueble se alquila por un período determinado de tiempo, y siempre inferior a un año, debido a las necesidades transitorias del inquilino para alojarse en esa ciudad, ya sea, por ejemplo por motivos laborales (en caso que deba desplazarse a trabajar a otra ciudad a trabajar durante 1 o más meses, por ejemplo) o por estudios (por ejemplo, una persona que se instala a vivir durante 3 días a la semana en otra ciudad durante 6 meses para cursar un master presencial).
Es importante destacar este punto, el mero hecho de firmar un contrato de alquiler de 11 meses o menos, no justifica la existencia de ese alquiler de temporada, sino que debe darse una justificación de transitoriedad y temporalidad del inquilino, como en los 2 casos que se han explicado anteriormente.
La diferencia entre los alquileres de vivienda y los alquileres de temporada reside no sólo en su duración, sino también en esta necesidad transitoria del inquilino, mientras que en el caso de los arrendamientos de vivienda el inquilino necesita satisfacer una necesidad permanente, que es residir en esa zona o barrio.
En cuanto a renovaciones, es importante destacar, que el alquiler de temporada no se renueva automáticamente en un arrendamiento de vivienda habitual.
Los alquileres de temporada se diferencian de los alquileres turísticos en que, en estos últimos, el propietario ofrece servicios adicionales propios de un hotel, como servicios de limpieza, ropa de cama, entre otros.
Si eres propietario y deseas pasar el alquiler de tu inmueble o inmuebles a un alquiler de temporada te recomendamos que consultes a nuestro abogados especialista en arrendamientos, Sergio Gómez, quién te asesorará y analizará tu situación para asesorarte en materia legal y asegurar que cumples con todos los requerimientos que exigen este tipo de alquileres.