La normativa que regula las parejas de hecho en Barcelona se incluye dentro del Código Civil de Catalunya, dejando de estar incluido por tanto en una ley especial como sucedía anteriormente.
Fruto de este cambio normativo, las “parejas de hecho” han pasado a denominarse “convivencia estable de pareja”.
Las situaciones que contempla la normativa vigente para considerar la convivencia de dos personas, independientemente de su orientación sexual por supuesto, como convivencia estable de pareja son las siguiente:
- Que las dos personas hayan convivido ininterrumpidamente durante 2 años o más
- Que las dos personas durante la convivencia hayan tenido un hijo en común
- Que estas dos personas hayan formalizado en escritura pública su relación
Estas son las condiciones que deben cumplirse a la hora de determinar si una pareja o unión es una pareja de hecho o pareja de convivencia estable. Es importante destacar que debe cumplirse una de estas, no todas.
De igual forma, destacamos el listado de consideraciones que impedirán que una pareja sea considerada pareja de hecho (a pesar de cumplir con alguno de los requerimientos expuestos anteriormente):
- Personas que conviven en pareja con un tercero
- Ser menor de edad no emancipado
- Que una o ambas personas que forman la pareja estén casadas anteriormente y no separadas
- Personas que forman la pareja no pueden estar relacionadas por parentesco en línea recta (segundo grado en caso de parentesco en línea colateral)
La normativa que regula las parejas de hecho establece que tipo de relaciones o parejas podrán considerarse parejas de hecho. De igual forma, pone límites y regula que personas o uniones no podrán considerarse parejas de hecho a pesar de cumplir los requerimientos anteriormente mencionados. Si necesita asesoramiento legal para que su relación sea reconocida como pareja de hecho puede consultar con nuestros abogados especialistas en derecho de familia, analizaremos su caso y le asesoraremos para defender sus objetivos y los de su pareja.
En futuros posts hablaremos sobre la ruptura o separación en parejas de hecho. Pueden dejar sus dudas o comentarios a continuación, en la sección e comentarios.
Sergio Gómez González
Abogado especialista en Derecho Civil, Hereditario, Derecho de Familia y Derecho Inmobiliario, con más de 20 años de experiencia y considerado entre los 10 mejores abogados de España por la revista Emprendedores.