Artículo actualizado el 16/11/2023
La aluminosis o fiebre del hormigón se puede producir en aquellas estructuras en las que se empleó cemento aluminoso, habitualmente utilizado para la construcción de viviendas entre 1955 y 1970. Si a este material se le suman una serie de características climatológicas concretas, el hormigón pierde gradualmente sus propiedades poniendo en peligro la estabilidad del edificio.
Así pues, la aluminosis puede producir una serie de daños tales como:
- Oxidación o corrosión de la armadura
- Pérdida de adherencia del hormigón con el acero
- Aumento de la porosidad
- Manchas de óxido y grietas o deformaciones
Estas alteraciones pueden provocar el colapso de la estructura y, por tanto, la disminución de la resistencia de los elementos estructurales.
A continuación, como abogados expertos en pisos con aluminosis en Barcelona, detallaremos cómo reclamar en caso de adquirir una vivienda con este tipo de vicio oculto.
Piso con aluminosis en Barcelona. ¿Cómo proceder?
En Cataluña y desde enero de 2018, la normativa aplicable es el Código Civil de Cataluña, donde se adopta la terminología europea “falta de conformidad”, que unifica los vicios ocultos y los incumplimientos contractuales.
El vendedor está obligado a facilitar al comprador toda la información relevante sobre las características del inmueble, pues no responderá de aquellos defectos que fueron advertidos al comprador con anterioridad (debe redactar una cláusula de renuncia explícita y detallando la existencia de la patología), o que el comprador pudiera conocer a simple vista (algo que con la aluminosis no sucede, pues el Tribunal Supremo ha calificado la aluminosis como un vicio oculto, grave, desconocido, e irreconocible para el comprador).
El plazo para detectar la irregularidad es de dos años tres años (tras el último cambio normativo), debiendo comunicarlo al vendedor de forma inmediata, y las acciones derivadas de los vicios ocultos prescriben a los tres años desde que el comprador los detecta.
En caso de no conformidad o incumplimiento del vendedor, el comprador de la vivienda puede:
- Exigir la reparación del bien. Opción generadora de múltiples problemas, pues supondría la íntegra reparación del inmueble al tratarse de un elemento estructural.
- Disminución del precio. Esta reducción debe ser proporcional a la diferencia entre el valor del bien en el momento de su entrega y del valor que tendría si fuera conforme al contrato.
- Resolver el contrato. Devolución de las cantidades pagadas y los gastos derivados.
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Abogado especialista en Derecho Civil, Hereditario, Derecho de Familia y Derecho Inmobiliario, con más de 20 años de experiencia y considerado entre los 10 mejores abogados de España por la revista Emprendedores.