DivorciosAbogados Uso de la vivienda familiar en Barcelona

10 de marzo de 2022

Cuando un divorcio es contencioso, la atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar suele resultar uno de los aspectos más difíciles y conflictivos, junto al abono de pensiones de alimentos y las medidas de guarda y custodia, en el caso de haber hijos menores en común.

En un proceso de divorcio de mutuo acuerdo o amistoso, ambos cónyuges deben pactar, entre otras muchas las medidas, las de la vivienda familiar, y este acuerdo debe estar recogido en el convenio regulador. Por lo tanto, falta de este convenio, será un Juez el que decidirá sobre la atribución del uso y disfrute del inmueble familiar conforme al Código Civil. 

Uso de la vivienda familiar en un divorcio con hijos menores

¿A quién se le atribuye el uso del inmueble familiar si la pareja tiene hijos en común?
En ausencia de acuerdo entre cónyuges, el uso y disfrute de la casa familiar se atribuirá a los hijos menores de edad y al progenitor que esté a su cargo. Es decir, el que obtenga el régimen de guarda y custodia, incluso cuando la casa sea propiedad exclusiva del otro progenitor.

Cuando se pacte una custodia compartida, se trataría de una cuestión algo más compleja, pues sería necesaria la interpretación del Tribunal Supremo de los preceptos legales existentes y aplicarlos al sistema de custodia compartida.

Uso de la vivienda familiar en un divorcio sin hijos

¿A quién se le atribuye el uso del inmueble familiar en este caso?
En el caso de divorcio sin hijos, o cuando éstos sean mayores, el uso y disfrute de la vivienda corresponderá a su titular. Sin embargo, se podrá acordar que el uso del inmueble corresponda al cónyuge no titular por el tiempo fijado prudencialmente.

Diferencia entre propiedad y uso de la vivienda familiar

La atribución del derecho del uso de la vivienda familiar es un derecho decretado por el Juez, a través de una resolución judicial, plenamente independiente a los derechos de la propiedad de dicho inmueble

Es decir, la propiedad de la vivienda seguirá siendo del que figure como su titular, independientemente de quién haga uso de ella. Aquél cónyuge al se atribuya el uso y disfrute de la casa, tendrá derecho a seguir residiendo en ella por el tiempo que se fije o hasta que las circunstancias cambien. 

Los gastos habituales de la vivienda, tales como agua, luz, etc., normalmente corresponderán al cónyuge al que se le atribuye su uso y disfrute. 

En AAGD Abogados, como abogados expertos en uso de la vivienda familiar en Barcelona, defenderemos sus derechos y le asesoraremos sobre la viabilidad de sus decisiones y la tendencia jurisprudencial sobre todos los temas referentes a la vivienda familiar.

Nuestro equipo de abogados de uso de la vivienda familiar en Barcelona, estará a su disposición para facilitar la comunicación entre cónyuges y pactar los acuerdos más beneficiosos para sus intereses.

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