Sí, es posible limitar el uso de zonas o elementos comunes a los inquilinos de pisos de alquiler vacacional si así se lo recogen en los estatutos de la comunidad de vecinos.
El uso inapropiado y a veces excesivo que llevan a cabo los inquilinos de los pisos de alquiler turístico provoca tensiones en aquellas comunidades de propietarios en que conviven pisos de alquiler vacacional con pisos de uso residencial habitual.
Con tal de limitar estas molestias, los propietarios de la comunidad de vecinos pueden hacer uso del reglamento de uso interno de la comunidad, que es dónde deben reflejarse todas aquellas normas referentes al uso de zonas comunes. Estas normas suelen ser del tipo:
- Horarios de uso a la piscina
- Existencia de objetos prohibidos en las zonas comunes
- Horarios y forma en que debe llevarse a cabo la recogida de residuos
- Horarios, limitaciones o procedimientos a la hora de usar el montacargas
Cabe destacar que no todas las comunidades de vecinos tienen redactado el reglamento de uso interno de la comunidad, por lo que el uso de las zonas comunes se regulará por los Estatutos de la Comunidad y también, por lo establecido en la Ley de propiedad Horizontal.
En los Estatutos de una comunidad de propietarios puede también limitarse o prohibirse el uso de las zonas comunes para los inquilinos de pisos de alquiler vacacional.
Por otro lado, la Ley de Propiedad Horizontal establece que tanto los inquilinos de los pisos de alquiler turístico como sus propietarios, no podrán llevar a cabo actividades que dañen la finca o que sean molestas, ilícitas, peligrosas, nocivas o insalubres.
Mediante el uso adecuado de los Estatutos y del Reglamento de uso interno de la comunidad de vecinos pueden establecerse limitaciones o prohibiciones en la que respecta al uso de zonas comunes, acabando así con ciertas problemáticas y conflictos generados por los pisos de alquiler vacacional. Es indispensable seguir procedimientos acordes con los establecido en la Ley de Propiedad Horizontal, por lo que es recomendable encomendar la redacción o al menos la revisión de los Estatutos y del reglamento de uso interno de una comunidad de vecinos a un abogado experto en derecho inmobiliario.
Abogado especialista en Derecho Civil, Hereditario, Derecho de Familia y Derecho Inmobiliario, con más de 20 años de experiencia y considerado entre los 10 mejores abogados de España por la revista Emprendedores.